lunes, 3 de mayo de 2010

TESTIMONIO

Por
JOSE MARIA CARDONA RAMIREZ

CONCEPTO

Los autores Carlos Betancur Jaramillo y Alfonso García Sierra, en la obra Pruebas Judiciales, traen la siguiente definición de testimonio:

“Testimonio, es la declaración que, precedida del juramento, hace ante el juez o magistrado una persona natural, carente de interés en el asunto, sobre un hecho o hechos de los que aquella ha tenido conocimiento, y que guardan relación con dicho asunto”.

.

NOCION DE TERCERO

El tercero en la prueba de testimonio es un declarante carente de interés en el asunto de que se trata;

El testimonio desinteresado del cual hablamos se diferencia del testimonio interesado que se da en la prueba de interrogatorio de parte

DIFERENTES CLASES DE TESTIGOS

:

Testigo directo. Es el que declara sobre lo que ha apreciado con sus sentidos.

Testigo propio. Es el que declara simplemente sobre lo que ha presenciado.

Testigo sucesivo. Es el que declara de conformidad con lo que otros han apreciado y le han dicho. Es el testigo de oídas.

Rumor. Es el que no tiene ninguna relación directa con los hechos del proceso

Testigo procesal es el que rinde su declaración dentro del proceso.

Testigo extraprocesal es el que rinde su declaración fuera del proceso. Debe ratificar en el proceso, bajo juramento.

Rumor. Es el testimonio que se basa en meros rumores, como “se dice” “se rumora”.

Testigo corriente. Es el que declara sobre unos hechos simples, sin indicar conocimientos especiales de ninguna arte o ciencia.

Testigo técnico. Es el que declara sobre los aspectos técnicos de los hechos del proceso. Por ejemplo, los testigos médicos, odontólogos, ingenieros, arquitectos, mecánicos, etc, declararán sobre aspectos de las respectivas profesiones relevantes dentro del proceso.

.

4 comentarios: